viernes, 26 de julio de 2013

¿Es accidente de trabajo las dolencias que se manifiestan en la ida y vuelta al trabajo?

Como dice la sentencia de 30 de junio de 2004 del TS la presunción del artículo 115.3 de la LGSS “sólo alcanza a los accidentes acaecidos en el tiempo y en el lugar de trabajo, pero no a los ocurridos en el trayecto de ida al trabajo o vuelta del mismo”.
 
El artículo 115.3 de la Ley General de Seguridad Social (LGSS) establece:
“Se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo”.
Se analiza en este Comentario, a la luz de la Sentencia del Tribunal Supremo de Unificación de Doctrina de 14 de marzo de 2012, si las dolencias que sufra un trabajador, por ejemplo, una embolia pulmonar, cuando ya había salido de su centro de trabajo y se dirige a su domicilio, tienen la consideración de accidente de trabajo.
En principio, al tenor de lo dispuesto en el precepto legal anteriormente transcrito, sólo es aplicable a las dolencias que se manifiestan en el centro de trabajo y no a las que se actualizan en la ida y vuelta al trabajo, es decir, en los denominados accidentes in itinere. Como dice la sentencia de 30 de junio de 2004 del TS la presunción del artículo 115.3 de la LGSS “sólo alcanza a los accidentes acaecidos en el tiempo y en el lugar de trabajo, pero no a los ocurridos en el trayecto de ida al trabajo o vuelta del mismo”, pues “la asimilación a accidente de trabajo sufrido «in itinere» se limita a los accidentes en sentido estricto, esto es, a las lesiones súbitas y violentas producidas por un agente externo” y no a las enfermedades que se manifiestan en el trayecto del domicilio al trabajo; para estas enfermedades “la calificación como accidentes de trabajo en atención a lo dispuesto en el artículo 115.2.e) de la LGSS, depende de que quede acreditada una relación causal con el trabajo”.
Lo decisivo es que el problema debatido se sitúa en el ámbito propio de la presunción del artículo. 115.3 de la LGSS y no en el del trayecto, en el sentido de que si los primeros síntomas de la indisposición del trabajador se producen o no en el centro de trabajo y cuando estaba trabajando.
La jurisprudencia del TS, entre otras, la sentencia de 22 de diciembre de 2010, ha admitido que el alcance de la presunción iuris tantum del citado artículo 115.3 de la LGSS se extienda no sólo a los accidentes, sino también a las enfermedades, si bien ha señalado que ha de tratarse de enfermedades que por su propia naturaleza puedan ser causadas o desencadenadas por el trabajo, sin que pueda aplicarse la presunción a enfermedades que por su propia naturaleza excluyan una etiología laboral.
La presunción ha operado fundamentalmente en el ámbito de las lesiones cardíacas, en el que, aunque se trata de enfermedades en las que no puede afirmarse un origen estrictamente laboral, tampoco cabe descartar que determinadas crisis puedan desencadenarse como consecuencia de esfuerzos o tensiones que tienen lugar en la ejecución del trabajo. Lo mismo sucede, como es notorio, con el edema pulmonar o la embolia de este carácter, en los que no cabe excluir ese elemento laboral en el desencadenamiento.
Inés Sánchez-Cervera. Abogada

miércoles, 24 de julio de 2013

Volkswagen busca que sus empleados no sufran estrés limitando el uso del móvil fuera del trabajo

Las BlackBerry quedarán inhabilitadas para seguir recibiendo mensajes 30 minutos antes del fin del horario de trabajo de cada empleado

Volkswagen no quiere que sus empleados sufran estrés por los temas laborales fuera del horario de trabajo. La compañía alemana ha impuesto, a través del comité de la empresa, que su personal no pueda recibir correos electrónicos o mensajes de texto en su BlackBerry de la empresa fuera de su jornada laboral.

Según informó el Comité de la compañía, las BlackBerry quedarán inhabilitadas para seguir recibiendo mensajes 30 minutos antes del fin del horario de trabajo de cada empleado, para evitar que siga, como ahora, en situación de disponibilidad absoluta para recibir instrucciones o comunicaciones.

Los teléfonos seguirán habilitados para recibir o hacer llamadas, pero no para que entren mensajes. El acuerdo afecta a unos 1.154 empleados de Volkswagen en Alemania que no son directivos ni cuadros intermedios del gigante automovilístico pero tienen una Blackberry de la empresa.

"Las nuevas herramientas de comunicación esconden también sus peligros", dijo Heinz-Joachim Thust, un miembro del comité de la empresa en declaraciones al diario Financial Times Deutschland, en alusión a los efectos de la libre disponibilidad de hecho que resulta de poder recibir a cualquier hora comunicaciones de la dirección.

Se impuso la restricción en un momento en que crece en Alemania la preocupación ante el riesgo de estrés entre los trabajadores. "La norma ha sido muy bien recibida por todos", agregó Thust.
 
Fuente de datos: 20 minutos

lunes, 1 de julio de 2013

DESPEDIDO...

Despedido por cantar


Galicia - El trabajador estando de baja recorrió más de ocho mil kilómetros en desplazamientos y participó en diez conciertos.
 
Sufrió un accidente laboral en Trèves en abril del 2011. En principio, todo apuntaba a un breve período de baja para luego retomar su actividad laboral. Sin embargo, durante tres meses, el operario, del que no ha trascendido su identidad, no solo no mejoró, sino que aseguraba que cada vez iba a peor. «Le era imposible hacer correctamente cualquier movimiento de rehabilitación». Y eso que los facultativos no veían «mayores complicaciones» en la supuesta lesión.
Todo era mentira. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de dictaminar que el trabajador aprovechó parte del tiempo que estuvo de baja para acompañar al grupo de hard-rock, del que es vocalista, en la gira de presentación de su último trabajo discográfico. En total, en mes y medio que estaba de baja «por una supuesta lesión en la zona de las cervicales de tal entidad que le impedía realizar su trabajo» recorrió más de ocho mil kilómetros en desplazamientos y participó en diez conciertos.
Ante estas circunstancias, Trèves optó por dar por concluida la relación laboral. No obstante, el cantante entendió que no podía ser objeto de un despido disciplinario y buscó el amparo del TSXG. Y los tribunales le dieron la razón a la empresa pontevedresa. No solo eso, sino que entienden que el trabajador actuó «de manera fraudulenta» con respecto a la compañía.
La representación legal de esta empresa reseñó que las propias circunstancias del accidente laboral fueron de por sí llamativas. No en vano, el trabajador fue golpeado por una carretilla a escasa velocidad, sin que esta maquinaria ni su conductor «sufrieran daño alguno».
Durante la baja, el grupo seguía con su gira por toda España con lo que eso conlleva: «Una entrega, un desgaste y un ejercicio físico que a todas luces es irreconciliable con su situación de baja laboral». La conclusión es evidente: su presencia en los conciertos «demuestra que se encontraba en condiciones de llevar a cabo las labores propias de su profesión habitual».
Y por tanto, confirma su despido disciplinario al romperse el equilibrio de las relaciones entre el trabajador y la firma.

lavozdegalicia.es